La titular del Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización
Gubernamental (Osafig), Indira Isabel García Pérez, acudió al Congreso
del Estado para atender el Punto de Acuerdo presentado por la Diputada
Gretel Culin Jaime, adicionado por su homólogo Luis Fernando Antero
Valle, para saber si el Poder Judicial tiene obligación de aportar al
Fondo para la Atención a Víctimas del Delito.

Indira García explicó a integrantes de la LIX Legislatura el marco legal
sustentado en el Código Penal del Estado de Colima, que en su artículo
32 establece que una consecuencia jurídica de la comisión del delito los
jueces pueden imponer sanciones pecuniarias, como: multa, reparación del
daño o sanción económica.

En la presentación que hizo a Diputadas y Diputados, la titular de
Osafig mostró un comparativo,  sintetizando que hay cuatro fondos: el
Fondo para la Atención a Víctimas del Delito (Art.44 CPEC) y el Fondo
para la Atención a Víctimas (Art. 51 CPEC) no se encuentran regulados,
sólo están referidos en el Código Penal y se integran por recursos de
multas y sanciones económicas por la comisión de delitos.

El Fondo para el Auxilio a Víctimas (Art. 115 LPVEC) sí se encuentra
regulado, lo establece la Ley de Protección a Víctimas del Estado de
Colima y se administra bajo la figura Fideicomiso del Fondo Estatal para
la Atención, Protección, Asistencia y Reparación Integral a las
Víctimas.

El cuarto y último es el Fondo Auxiliar para la Administración de la
Justicia, que no se encuentra regulado y sólo está referido en el Código
Penal del Estado de Colima y se integra por recursos de multas y
sanciones económicas por la comisión de delitos.

La Auditora Superior destacó que Osafig revisa y fiscaliza ingreso y
egresos, su distribución, ministración y ejercicio de los recursos
públicos, que se realicen de conformidad con su Presupuesto de Egresos;
los recursos provenientes de financiamientos contratados por los entes
fiscalizables, así como recursos públicos que se asignen en Presupuestos
y que se administren, custodien o ejerzan con eficiencia, eficacia,
economía, transparencia y honradez, para satisfacer los objetivos a que
están destinados.

Finalmente, para responder al Punto de Acuerdo, Indira García explicó
las responsabilidades del Poder Judicial, con fundamento en el artículo
120 de la Constitución local, establece que para la investigación,
substanciación y sanción de las responsabilidades administrativas de los
miembros del Poder Judicial, se estará al procedimiento de vigilancia y
disciplina, que de manera autónoma, se prevea al interior de dicho
Poder.

Esto, sin perjuicio de las atribuciones del Osafig en materia de
fiscalización sobre el manejo, la custodia y aplicación de recursos
públicos. Esto es que el Osafig sólo se limitará a ejercer facultades de
fiscalización, más no la de responsabilidades administrativas, ya que
estas son exclusivas del Poder Judicial.

Esta reunión fue coordinada por la Vicepresidenta del Congreso, Diputada
Rosalva Farías Larios, a la que asistieron sus homólogas Gretel Culin,
Martha Meza, Malú Berver, Anel Bueno, Livier Rodríguez, Araceli García,
Liz Rodríguez, Claudia Aguirre y Karen Hernández, así como los
legisladores Miguel Sánchez, Julio Anguiano, Fernando Escamilla, Carlos
Farías y Rogelio Rueda.