Con el respaldo de sus homólogas Lizet Rodríguez Soriano y Malú Berver
Corona, el Diputado Rogelio Rueda Sánchez presentó al Pleno del Congreso
del Estado de Colima una iniciativa para adicionar la Ley del Municipio
Libre y la Ley de Protección Civil de la entidad, a fin de evitar que
los ayuntamientos autoricen licencias para venta o distribución de
productos explosivos, inflamables o pirotécnicos, que pudieran derivar
en accidentes de fatales consecuencias.

En tribuna, el coordinador del Grupo Parlamentario del PRI expuso que
con motivo de la temporada decembrina es común festejar las
celebraciones navideñas o de fin de año con juegos pirotécnicos por
parte de niños, jóvenes y adultos, muchas veces sin tomar precauciones y
poniendo en riesgo su integridad y la de terceros, e incluso los bienes
patrimoniales.

Añadió que la población más vulnerable y expuesta a sufrir quemaduras
por fuegos artificiales son las niñas, niños y jóvenes, debido a la poca
vigilancia de adultos. Según el IMSS, una de las principales demandas de
atención en urgencias esta temporada, son las quemaduras por cohetes y
generalmente los más afectados los menores de edad de entre 5 y 14 años
de edad.

Rogelio Rueda puso de ejemplo dos casos, ambos en el municipio de
Manzanillo: el primero el 9 de diciembre de 2017 al incendiarse un
puesto de cohetitos en el libramiento de El Colomo; y el segundo el 26
de diciembre de ese mismo año 2017, al explotarle un cohete a un joven
en sus manos.

La adición del artículo 133 Bis de la Ley de Protección Civil señala
que: los ayuntamientos, bajo su más estricta responsabilidad, no podrán
autorizar licencia para venta o distribución de cualquier producto
explosivo, inflamables y/o juegos pirotécnicos en locales o puestos de
mercados, tianguis, vías o espacios públicos.

Las Unidades Municipales de Protección Civil en el ámbito de su
competencia, realizarán visitas de inspección en lugares permitidos en
los que se solicite autorización de los ayuntamientos para dicha venta o
distribución. La opinión técnica de las UMPC, para la autorización o
refrendo.

En inmuebles o espacios cerrados destinados a la prestación de servicios
o para actividades de entretenimiento, diversión o esparcimiento,
quedará estrictamente prohibido la ejecución de actos que pongan en
peligro a los asistentes, especialmente lo que implique el uso de
explosivos, inflamables o juegos pirotécnicos.

La adición de un párrafo al artículo 45 de la Ley del Municipio Libre
del Estado de Colima, establece que “bajo su más estricta
responsabilidad, no podrán autorizar licencias para venta o distribución
de cualquier producto explosivo, inflamable y o juegos pirotécnicos en
locales o puestos de mercados, tianguis o vía pública. El decreto
entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico
Oficial “El Estado de Colima”.

El legislador manzanillense destacó que la venta, compra y uso
irresponsable de la pirotecnia ha generado daños irreversibles al medio
ambiente, como señaló la Semarnat, al declarar que la mezcla de los
componentes que integran la pirotecnia liberan monóxido de carbono y
partículas suspendidas.

Lo anterior, junto con las emisiones del transporte, fábricas, fogatas,
calentones y quema de llantas o basura, genera (sobre todos los días 12
y 25 de diciembre, así como 1 y 6 de enero) una alta densidad de
contaminación, escasa visibilidad y sensación de neblina.

Dijo que el uso no controlado de la pirotecnia, causa daños a la salud y
en ocasiones al erario público, pues se destinan recursos humanos y
económicos para combatir los incendios que éstos pueden causar, concluyó
el diputado priísta Rogelio Rueda Sánchez