El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Colima, a través de las Comisiones de
Bienestar, Inclusión Social y Equidad de Género; y de Educación, Cultura, Ciencia y
Tecnología, en cumplimiento al artículo 3° de la Ley que Instituye las Preseas en
Honor a Destacadas Mujeres en el Estado de Colima:

C O N V O C A
A las Organizaciones Civiles, Empresariales y No Gubernamentales, así como al
Instituto Colimense de las Mujeres, a los Ayuntamientos de la Entidad, y a la
Sociedad Colimense en general a que presenten propuestas para reconocimiento
de todas aquellas mujeres que se han destacado por su labor en diversas
actividades y consideran que son merecedoras de las Preseas siguientes:
I. Presea “Rafaela Suárez”. Será otorgada a aquella mujer colimense que
tenga una trayectoria destacada en la investigación histórica o en
cualquiera de las disciplinas artísticas;
II. Presea “Susana Ortiz Silva”. Será concedida a la mujer colimense que se
haya distinguido en los campos del Trabajo Social y de Obras Asistenciales
y Filantrópicas;
III. Presea “Juana Urzúa”. Se otorgará a la mujer colimense que se haya
destacado en el campo de las ciencias;
IV. Presea “Celsa Virgen Pérez”. Se concederá a aquella mujer que se haya
distinguido en el campo de la pedagogía en cualquiera de los niveles
educativos del Estado;
V. Presea “Martha Dueñas González”. Será otorgada a aquella mujer que se
hayan distinguido dentro del servicio público;
VI. Presea “Concepción Barbosa de Anguiano”. Se otorgará a aquella mujer
que tenga una trayectoria destacada en el ámbito político;
VII. Presea “Griselda Álvarez Ponce de León”. Será concedida a la mujer
colimense que se haya distinguido en las Letras y la Literatura;
VIII. Presea “Amalia Gaytán de Aguilar”. Se otorgará a aquella mujer
destacada por su iniciativa y logro empresarial en el Estado; y
IX. Presea “Sara Martínez Pizano”. Se concede a aquella mujer que vive en
zona rural, y que destaca por impulsar el desarrollo rural, fomentando el
crecimiento e inclusión social, y que promueve la participación
democrática en la vida política, social y cultural de mujeres que habiten en
zonas rurales.
DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES:
B A S E S
PRIMERA. Las propuestas deberán cumplir los requisitos establecidos en los
artículos 4° y 6° de la Ley que Instituye las Preseas en Honor a Destacadas Mujeres
en el Estado de Colima, siendo las siguientes:
I. Nombre, teléfono, correo electrónico y domicilio de quien hace la
propuesta;
II. Lugar de nacimiento, edad, estado civil, profesión u oficio de la candidata;
III. El señalamiento de la presea para la cual se propone a la candidata;
IV. Descripción de los actos y actividades que fundamenten los méritos de la
persona, en un formato estándar que para tal efecto disponga el H.
Congreso del Estado a través de su página de internet desde la publicación
de la convocatoria y hasta la fecha límite para recibir propuestas; y
V. Toda aquella documentación que se considere necesaria para comprobar
exclusivamente los actos o actividades a que se hace mención en la
fracción anterior.
La propuesta se formulará por escrito, con sus documentos en original, además de
proporcionar en una versión debidamente digitalizada, en formato PDF en un
dispositivo de almacenamiento de datos.
Las preseas serán otorgadas a mujeres colimenses de nacimiento, o avecindadas en
el Estado, con residencia mayor de cinco años.
En caso en que alguna de las personas merecedora de alguna de las preseas ya haya
fallecido, podrá entregarse post mortem a través de su cónyuge o de sus hijos, o
bien de algún otro familiar más cercano.
Las mujeres que se hayan distinguido con una presea, no podrán volver a recibir
dicho reconocimiento en ninguna de las áreas ya establecidas, sin embargo,
aquellas que hayan sido propuestas y no fuesen seleccionadas como merecedoras
de alguna presea, podrán volver a ser propuestas por las instituciones postulantes.
SEGUNDA. DE LA FECHA Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
I. A partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria y hasta
el día 07 de marzo de 2022, podrán presentarse las propuestas a que hace
alusión la primera base de la presente convocatoria.
II. Las propuestas deberán ser entregadas de lunes a viernes, dentro del
horario de 9:00 a 15:00 horas, en la Secretaría General del Honorable
Congreso del Estado de Colima o en la Dirección de Procesos Legislativos,
ubicadas en Calzada Galván esquina con los Regalado S/N, colonia Centro
de esta Ciudad de Colima, Colima.
TERCERA. DEL COMITÉ CIUDADANO CALIFICADOR.
Una vez vencido el plazo para la entrega de las propuestas, las Comisiones de
Bienestar, Inclusión Social y Equidad de Género; y de Educación, Cultura, Ciencia y
Tecnología conformarán de común acuerdo, un Comité Ciudadano Calificador que
analizará las mismas.
El Comité Ciudadano Calificador, estará integrado por tres personas de la sociedad
civil, que, en un término de 10 días posteriores a su conformación, propondrá a las
mujeres que considere merecedoras de las preseas.
Estarán impedidas para formar parte de este Comité, quienes tengan un cargo
Directivo en algún partido político.
Concluido el plazo, el Comité Ciudadano Calificador entregará a las Comisiones de
Bienestar, Inclusión Social y Equidad de Género; y de Educación, Cultura, Ciencia y
Tecnología la lista de las mujeres acreedoras a las preseas y éstas elaborarán un
dictamen, que será sometido a la aprobación del pleno del Congreso.
De ser aprobado por mayoría simple el dictamen, se emitirá el acuerdo respectivo,
mismo que deberá darse a conocer tanto a las mujeres merecedoras como a las
personas y organizaciones proponentes, así como al Comité Ciudadano.
CUARTA. DE LA FECHA DE ENTREGA.
Las entregas de las preseas las hará la presidenta del Congreso del Estado,
conjuntamente con los titulares de los Poderes Ejecutivo y Judicial, en una Sesión
Solemne que se llevará a cabo el jueves 24 de marzo de 2022, dentro del marco
de la conmemoración el Día Internacional de la Mujer.
Las Preseas a que se refiere la presente convocatoria, se otorgarán únicamente
cuando a juicio del Congreso haya personas que sean acreedoras a esas
distinciones, pues en caso contrario se declararán desiertas.
QUINTA. DE LA PREMIACIÓN.
I. A las mujeres que resulten galardonadas, se les hará entrega de una presea,
la cual tendrá el Escudo del Estado, el logotipo del Congreso, el número de
la Legislatura que la otorga, la inscripción del nombre de la presea que
corresponda y el nombre de la persona condecorada; y
II. En conjunto con la Presea, se entregará a cada una de las mujeres
reconocidas, un incentivo económico, mismo que se determinará con base
a la disponibilidad presupuestaria del Poder Legislativo.
T R A N S I T O R I O S
Primero. – Los casos no previstos en la presente convocatoria, serán resueltos por
mayoría de votos de las Comisiones de Bienestar, Inclusión Social y Equidad de
Género; y de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Honorable Congreso del
Estado, cuya determinación se hará pública.
Segundo. Publíquese la presente convocatoria en dos periódicos de mayor
circulación en el Estado de Colima y en la página web del Honorable Congreso
del Estado de Colima en la fecha de su aprobación.
ATENTAMENTE
Colima, Colima a 25 de Febrero de 2022
Diputada Sonia Hernández Cayetano
Presidenta de la Comisión de Bienestar, Inclusión Social y Equidad de Género
Dip. Myriam Gudiño Espíndola.
Presidenta de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.