El Congreso del Estado de Colima aprobó la iniciativa que con el apoyo
de sus compañeros del Grupo Parlamentario de Morena, presentó el
Diputado Guillermo Toscano Reyes, para endurecer las sanciones en multa
y prisión a quien agreda al personal de salud.

El Pleno Legislativo avaló la iniciativa que con dispensa de todo
trámite expuso el Diputado villalvarense, para reformar diversas
disposiciones del Código Penal y de la Ley que Previene, Combate y
Elimina la Discriminación en el Estado de Colima.

El Decreto reforma el artículo 223 del Código Penal para el Estado de
Colima, donde establece que se impondrán de uno a tres años de prisión y
multa de cincuenta a cien Unidades de Medida y Actualización (UMA’s) a
quien, por razón de edad, sexo, embarazo, estado civil, raza, origen o
pertenencia étnica, idioma, religión, ideología, orientación sexual,
color de piel, nacionalidad, origen o posición social, trabajo o
profesión, posición económica, características físicas, discapacidad,
estado de salud, opiniones políticas, emergencia sanitaria, realice
cualquiera de las siguientes conductas:

Provoque al odio o incite a la violencia; veje o excluya a alguna
persona en lo individual o en grupo; niegue o restrinja derechos
laborales, principalmente por razón de género o embarazo; niegue o
retarde un trámite, servicio o prestación al que tenga derecho.

Cuando estas conductas se comentan en el contexto de una emergencia
sanitaria, principalmente en contra de personal del sector salud, la
pena de prisión y multa aumentará en una mitad a la prevista en la ley.

Si tales conductas las realiza un servidor público, se aumentará en una
mitad la pena de prisión prevista y además, se destituirá e inhabilitará
para desempeñar cualquier cargo público, por el mismo tiempo de la
privación de la libertad impuesta.

Cuando dichas conductas sean cometidas por persona con la que la víctima
tenga una relación de subordinación laboral, la pena se incrementará en
una mitad.

Igualmente, se adicionó un párrafo a la Ley que Previene, Combate y
Elimina la Discriminación en nuestra entidad, para señalar que dentro de
la discriminación por enfermedad, son conductas que discriminan a las
personas por estar expuestas o laborar en el Sector Salud durante una
declaratoria de Emergencia Sanitaria, las siguientes:

Provocar o incitar al odio o la violencia de aquellas personas que por
motivo de su trabajo están expuestas al contagio de una enfermedad o
virus.

Vejar o excluir a alguna persona o grupo de personas, negando o
restringiendo derechos, negar o retardar trámites o servicios, tanto del
ámbito público como privado, por el simple hecho de haber estado
expuesto dentro de su trabajo a una enfermedad contagiosa en el contexto
de una emergencia sanitaria.