El Pleno de la Sexagésima Legislatura del H. Congreso del Estado aprobó otorgar diversos estímulos fiscales en beneficio de las y los prestadores del servicio de transporte público del Estado de Colima, con el objetivo de establecer, dentro de la denominada “Campaña de Regularización”, una estrategia administrativa que les permita realizar el pago de las multas administrativas de transporte que les hayan sido impuestas durante el presente ejercicio fiscal 2022 y ejercicios fiscales anteriores.

Bajo esa premisa, de acuerdo con la iniciativa presentada por la titular del Poder Ejecutivo del Estado de Colima, dictaminada por la Comisión de Hacienda, Fiscalización y Cuenta Pública del H. Congreso del Estado, y expuesta en tribuna por el diputado Héctor Magaña Lara, se propone que se otorguen descuentos porcentuales a favor de choferes y concesionarios del transporte público, siempre que se satisfagan los requisitos establecidos para ello.

De acuerdo con este Decreto, se otorgan beneficios fiscales temporales a favor los choferes y concesionarios del servicio de transporte público del Estado de Colima, respecto del pago de las multas administrativas de transporte impuestas en el ejercicio fiscal 2022 y ejercicios fiscales anteriores, que se cubran dentro de la Campaña de Regularización que tendrá lugar durante la vigencia del presente Decreto, de conformidad con lo que disponen los artículos siguientes:

Se autoriza el descuento de 80% en el pago de las multas administrativas de transporte, a favor de los choferes del servicio de transporte público de cualquiera de las modalidades previstas en la Ley de Movilidad Sustentable para el Estado de Colima;

Se autoriza el descuento del 50% en el pago de las multas administrativas de transporte, a favor de los concesionarios del servicio de transporte público de cualquiera de las modalidades previstas en la Ley de Movilidad Sustentable para el Estado de Colima;

Para hacerse acreedores a los estímulos fiscales que se han descrito en los artículos anteriores, deberán cumplir, según corresponda, los siguientes requisitos: En el caso de los concesionarios del servicio de transporte público, deberán contar con la concesión debidamente emitida por el Gobierno del Estado de Colima, y en el caso de los choferes del servicio de transporte público, deberán haber cubierto el curso de capacitación impartido por la Cruz Roja Mexicana en el año 2022.

Finalmente, se señala que el presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Colima”, y permanecerá vigente hasta el 31 de diciembre de 2022.

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